Conozca sus derechos: Nuevas protecciones para las víctimas de delitos en los lugares de trabajo de California

Cambios importantes en la ley de California

California ha fortalecido las protecciones para los empleados que son víctimas de delitos o que tienen familiares que lo son. La Asamblea Bill 2499 amplió sus derechos y exige que los empleadores le informen sobre estas importantes protecciones.

¿Quién está protegido?
Usted está protegido si es víctima de:

  • Violencia doméstica

  • Agresión sexual

  • Acoso o acecho (stalking)

  • Delitos que causen lesiones corporales graves

  • Amenazas de lesiones o muerte

  • Delitos que hayan resultado en la muerte de un familiar

  • Otros delitos o abusos que califiquen según la ley

Protección adicional: Si trabaja para una empresa con 25 empleados o más, también recibe estas mismas protecciones cuando un familiar es víctima de alguno de estos delitos.

Sus derechos como empleado

Permiso laboral protegido
Usted tiene derecho a ausentarse del trabajo sin perder su empleo para:

  • Recibir atención médica o asesoramiento por lesiones o traumas relacionados con el delito

  • Crear un plan de seguridad, incluyendo reubicación o medidas de protección

  • Acceder a servicios para víctimas, como refugios para víctimas de violencia doméstica, centros de crisis por violación o organizaciones de defensa de víctimas

  • Asistir a procedimientos judiciales, como audiencias para órdenes de protección o restricción, u otros asuntos legales relacionados con el delito

  • Manejar otros asuntos necesarios, como asistir a funerales, duelo o resolver cuestiones legales o financieras directamente relacionadas con el hecho de ser víctima

Adaptaciones de seguridad en el lugar de trabajo
Puede solicitar cambios razonables para hacer su entorno laboral más seguro, tales como:

  • Cambios de horario o ubicación de trabajo

  • Medidas de seguridad reforzadas, como cerraduras nuevas, protocolos de seguridad o mejoras físicas

  • Cambios en la información de contacto, como nuevos números de teléfono o direcciones de correo electrónico

  • Transferencia o reasignación de puesto cuando sea apropiado y posible

Protección contra represalias
Su empleador no puede castigarlo, discriminarlo ni tomar represalias en su contra por:

  • Tomar licencia bajo estas protecciones

  • Solicitar adaptaciones de seguridad en el trabajo

  • Informar a su empleador sobre su situación como víctima para obtener estas protecciones

Obligaciones de su empleador
Todos los empleadores en California deben:

  • Proporcionarle un aviso por escrito sobre estos derechos al momento de ser contratado

  • Entregarle esta información si usted la solicita

  • Poner estas protecciones a su disposición

Obtenga ayuda
Si cree que su empleador no está cumpliendo con estas leyes o si necesita ayuda para entender sus derechos, comuníquese con WorkRight Law, APC al +1 (949) 590-9245. Nuestros abogados laborales con experiencia pueden ayudarle a proteger sus intereses y asegurar que reciba las protecciones que le corresponden bajo la ley de California.

Manténgase informado
Estas protecciones forman parte del compromiso continuo de California para apoyar a las víctimas de delitos en el lugar de trabajo. Asegúrese de conocer sus derechos y no dude en hacerlos valer cuando sea necesario.

Las consultas son gratuitas y confidenciales. Si sospecha que se están violando sus derechos, hable con nosotros. No hay costo por averiguar si tiene un caso—y podría significar recuperar miles de dólares.

Contáctenos hoy mismo:
Teléfono: (562) 328 2004
Sitio web: www.WorkRightLaw.com

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